Mostrando las entradas con la etiqueta Derecho. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Derecho. Mostrar todas las entradas

sábado, 17 de septiembre de 2016

Litigar Grupo Juridico










viernes, 8 de agosto de 2014

La Tutela



TUTELA


La acción de tutela es la garantía que ofrece la Constitución de 1991 del derecho que tienen todas las personas a la protección judicial inmediata de sus derechos fundamentales. Esto está expresado en el Articulo 86 de la Constitución: "Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad publica ". 1


La acción de tutela se refiere a los derechos fundamentales de las personas; es decir, todos aquellos que son inherentes al individuo y que existen antes que el Estado y están por encima de cualquier norma o ley que los reconozca o no. Según la Corte Constitucional(Sentencia T-451 de julio 10 de 1992), el que un derecho sea fundamental no se puede determinar sino en cada caso en concreto, según la relación que dicho caso tenga con uno u otro derecho fundamental; es decir, la Constitución no determina de una manera clara cuáles son los derechos fundamentales, de tal manera que como tales no se puede considerar únicamente a los que la Constitución de 1991 enuncia en el Capitulo I del Titulo II.


La acción de tutela es:


- Subsidiaria: O sea que sólo es aplicable cuando no existe otro medio de defensa judicial.


- Inmediata: Su propósito es entregar una respuesta rápida a la protección que se solicita.


- Sencilla: No tiene ninguna dificultad para su aplicación.


- Especifica: Es única para la protección de los derechos fundamentales.


- Eficaz: Exige que el juez estudie a fondo el caso antes de dar un veredicto.


Según lo anterior, la acción de tutela puede aplicarse cuando se amenaza un derecho fundamental, bien sea por parte de una autoridad pública o por parte de particulares. Además, la acción de tutela puede utilizarse como un mecanismo transitorio para evitar un daño irremediable sobre las personas.


La acción de tutela es resuelta por el juez encargado del lugar donde ocurren u ocurrieron los hechos o acciones que pusieron en peligro o violaron el derecho fundamental. El Defensor del pueblo y las personas que por él fueron delegadas (defensores regionales, personeros) también pueden interponer acciones de tutela, ello debido a que las personas tienen derecho a solicitar acciones de tutela por medio de un representante.






Bibliografía


Constitución Política de Colombia de 1991, editorial Panamericana, Bogotá, 2001.


Presidencia de la República, La tutela, Defensoría del pueblo, 1995


Corte Constitucional, Sentencia T- 451 de julio 10 de 1992.


1 Constitución Política de Colombia. De 1991. Editorial Panamericana Bogotá. 2001. Pag 82.






Fuente: http://www.banrepcultural.org/

miércoles, 16 de octubre de 2013

Responsabilidad Contractual

La responsabilidad contractual es una forma de responsabilidad civil que consiste en hacerse cargo de las consecuencias que surgen para el deudor por haberse obligado voluntariamente, con respecto a su acreedor en virtud de un contrato, que genera obligaciones recíprocas en caso de los contratos bilaterales o sinalagmáticos, o para una sola de las partes en el caso de loscontratos unilaterales. Debe diferenciarse de la responsabilidad extracontractual, otra forma de responsabilidad civil, nacida de la comisión de delitos (que también originan responsabilidad penal) o cuasidelitos, o por imperio de la ley.

La primera obligación que debe asumir el deudor de una obligación contractual, es el cumplimiento de la prestación pactada, y si no lo hace incurrirá en mora, salvo que pruebe que no cumplió por caso fortuito o por fuerza mayor.
El contrato genera una atadura legal entre las partes, de tal modo que si una de ellas no cumple, la otra que cumplió u ofreció cumplirla puede demandar su cumplimiento o los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento.
Por ejemplo, si una persona incumple la obligación de pagar el precio convenido por una compra, y esto le ocasiona al acreedor el perjuicio de no poder contar con ese dinero, para a su vez pagar una deuda que él tenía por la que le cobrarán intereses, pueden ser alegados estos perjuicios para que sean abonados por el deudor que no ha pagado.

En los contratos donde no se ofrecen resultados concretos, como por ejemplo en el caso del abogado que se compromete a defender a un cliente, no surgirá su responsabilidad por perder el juicio, sino por no poner toda su diligencia y cuidado en la defensa del cliente. Esto origina los juicios de mala praxis.


Lee todo en: Responsabilidad contractual | La guía de Derecho http://derecho.laguia2000.com/parte-general/responsabilidad-contractual#ixzz2htzlTrfz

viernes, 31 de mayo de 2013

jueves, 30 de mayo de 2013

EL DERECHO SEGÚN KANT

EL DERECHO SEGÚN KANT
Para analizar el concepto, la percepción que el filosofo alemán Emanuel Kant tuvo acerca del derecho, no podemos desligarnos de sus convicciones filosóficas en general, puesto que su doctrina ha sido conocida históricamente porque en ella prevalece dios por sobre todas las cosas, por lo cual se erigió como un gran antípoda de Nietzsche y Schopenhauer, naturalmente filósofos ateos.
En primer término este pensador alemán le da la moral una gran relevancia en el desarrollo de su teoría acerca del derecho, puesto que según su parecer el hombre obedece a estos dos sistemas normativos porque encuentra en su razón práctica el principal móvil para actuar, claro está con la observancia tanto de la moral como del derecho.
Para este filósofo el origen del derecho es eminentemente natural, puesto que su comportamiento debe estar sujeto a un orden moral establecido por unas leyes superiores que rigen el comportamiento del hombre. Estas normas entonces que son creadas por el hombre en virtud de su capacidad de autodeterminación, a partir de la cual el hombre traza su propio camino. Este ordenamiento de reglas obedece entonces a la libertad que cada persona tiene para transitar en el curso de su vida, no obstante esta labor de normativizar el comportamiento humano en sociedad es una necesidad colectiva que le permite al individuo la convivencia.
http://www.buenastareas.com/ensayos/El-Derecho-Segun-Kant/2179662.html